Los límites que pone la ley si piensa decorar su carro o moto

Noticias Colombia.

El olor a dulces, los disfraces en las calles y las luces naranjas en las ventanas anuncian que llegó Halloween. En Colombia, esta fecha no solo transforma a las personas, sino también a los espacios: las casas se llenan de telarañas falsas, las oficinas se adornan con fantasmas de papel y, cada vez más, los carros y las motos también se contagian del espíritu festivo.

Sin embargo, lo que para muchos es una forma divertida de celebrar puede terminar en una multa si no se toman las precauciones necesarias.

Pocos conductores saben que el Código Nacional de Tránsito Terrestre (CNTT) tiene disposiciones que, aunque no prohíben disfrazar un vehículo, sí ponen límites claros a esa creatividad.

En Colombia no existe una norma que prohíba expresamente decorar un carro o una moto en Halloween. Nadie le puede impedir pegar una calabaza en el capó o colgar una telaraña en el parabrisas. Pero el detalle está en lo que la ley llama seguridad y visibilidad.

El artículo 130 del CNTT establece que ningún adorno puede afectar la visión del conductor ni obstaculizar los elementos de seguridad del vehículo. En palabras sencillas: si el disfraz impide ver bien la vía o bloquea las luces, el espejo o los vidrios, ahí comienza el problema.

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Y la sanción no es menor. El artículo 131, literal B, fija una multa de ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes para quien conduzca con vidrios oscurecidos, polarizados o cubiertos por objetos, adhesivos o decoraciones que impidan la visibilidad.

Telarañas falsas, vinilos grandes o figuras que tapen parcialmente los vidrios podrían entrar en esa categoría. No importa si es solo por un día: si compromete la visibilidad, se considera infracción.

Halloween invita a transformar todo, pero el carro no puede perder su identidad legal. Según el CNTT, el color del vehículo es un dato oficial y cualquier cambio significativo debe reportarse a las autoridades de tránsito.

Esto quiere decir que si la decoración altera visiblemente el color —por ejemplo, si un auto blanco queda cubierto de negro o naranja casi por completo—, el conductor debería actualizar el registro. No hacerlo puede derivar también en una multa.

Por fortuna, los adornos temporales como calcomanías pequeñas, luces decorativas o figuras en el techo o capó sí están permitidos, siempre que no tapen la placa, los faros ni cambien el color base. En resumen: se puede jugar, pero con moderación.

El espíritu de Halloween puede ser divertido, pero en la vía el susto no debería venir de un accidente. Cualquier decoración que distraiga, bloquee la visión o ponga en riesgo a otros conductores es, en esencia, una falta contra la seguridad vial.

Las autoridades recomiendan evitar los adornos luminosos que generen destellos, los objetos que sobresalgan del vehículo o cualquier accesorio que pueda desprenderse mientras se conduce. En la práctica, la seguridad siempre debe estar por encima del ingenio.

Sí, puede disfrazar su carro o su moto para celebrar Halloween. Pero hágalo sin cubrir los vidrios, sin alterar el color y sin tapar las placas. El toque creativo es bienvenido, pero si afecta la seguridad o la identificación del vehículo, la multa podría ser más aterradora que cualquier disfraz.

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