Estos son algunos nombres que prohíbe la Registraduría.

Noticias Caribe.

La Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia desmintió en las últimas horas una información divulgada en medios nacionales que relataba la historia de unos padres en el municipio de Cereté, Córdoba, que supuestamente le pusieron por nombre a su hija Chat Yipití.

"Consultadas las bases de datos que produce y administra la Registraduría Nacional, a la fecha no existe ninguna inscripción de nacimiento con el nombre 'Chat Yipiti'", aclaró la entidad en un comunicado.

"Asimismo, dado que algunas notarías pueden realizar inscripciones de nacimiento, se revisaron los registros de la Notaría Única de Cereté, Córdoba, sin encontrar ninguna inscripción con ese nombre en particular", precisó la Registraduría.

Comunicado de la Registraduría.

Nombres que prohíbe la Registraduría

Según indica en su página oficial, los funcionarios de la Registraduría Nacional del Estado Civil no están en la obligación de registrar nombres como Miperro, Híbrido, Judas, Belcebú, Satanás.

Aunque la norma no limita de manera radical la libertad de los padres para dar el nombre que deseen a sus hijos, los funcionarios pueden abstenerse de registrar nombres que podrían atentar contra la dignidad, la sana crítica y la objeción de conciencia, por tratarse de una descripción ofensiva o denigrante contra el menor, cita el ente del Estado.

Según sea el caso, el funcionario registral podrá recurrir a un defensor de menores para que intervenga sobre la denominación que ese padre quiere, «pero los funcionarios notariales no están en la obligación de suscribir ese tipo de nombres», señala la Registraduría.

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