Edificio DIAN - Bogotá. Foto: https://gerente.com

Aunque busca aliviar la crisis fiscal inmediata, expertos advierten sobre efectos negativos en el mediano plazo.

Noticias Colombia.

En medio de un panorama fiscal complejo, el Gobierno Nacional ha puesto sobre la mesa un proyecto de decreto que busca modificar profundamente el esquema de retención en la fuente.

Este mecanismo —uno de los principales canales de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta en Colombia— podría experimentar cambios que afectan directamente a empresas de distintos sectores y trabajadores independientes.

Según información revelada por Semana, El Tiempo y Blu Radio, el borrador del decreto ya fue publicado para comentarios del público y estaría vigente, si se aprueba, en el segundo semestre de 2025. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) recibirá observaciones hasta el 25 de abril.

Entre los cambios propuestos, se incluye una modificación sustancial a los umbrales de aplicación de la retención.(Gobierno Nacional dio fecha en la que comenzarán a aplicarse nuevos impuestos de conmoción interior para el Catatumbo)

Por ejemplo, no se practicaría retención sobre pagos por servicios cuya cantidad individual sea inferior a dos Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, unos 100.000 pesos para 2025.

También se contempla sustituir el artículo 1.2.4.6.7 del Decreto 1625 de 2016, en relación con compras de bienes agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial. Según El Tiempo, estas operaciones quedarían exentas de retención si no superan los 70 UVT. En caso de excederlos, la tarifa aplicable sería del 1,5 %.

Otro ajuste relevante es la retención sobre el café. Las compras de café pergamino o cereza por debajo de los 70 UVT no tendrían retención.

En el caso del oro, el proyecto establece una tarifa del 2,5 % sobre el valor total del pago cuando se trate de compras por parte de sociedades de comercialización internacional.

Cambios a las autorretenciones

El aspecto más delicado del decreto radica en la modificación de las tarifas de autorretención en la fuente a título de impuesto de renta. Esto impactaría especialmente a sectores como el minero-energético.

Semana advierte que para la industria del carbón, la tarifa subiría del 3,2 % al 5,5 %, lo que implica un aumento del 72 %. Para el petróleo crudo, pasaría del 5,6 % al 7 %.

También se verían afectadas otras actividades como la extracción de gas natural, la comercialización de prendas de vestir y ciertos cultivos, con tarifas ajustadas entre el 1,2 % y el 4,5 %.

Al realizar cambios en la tarifa de autorretenciones de las compañías se disminuirá el impacto en la caja que generarán estas disposiciones en la vigencia 2026 y se permitirá una distribución del recaudo en diversos pagos durante la vigencia 2025”, señala el borrador citado por Blu Radio .

Crisis de caja y efecto dominó

El ajuste no es casual. El Gobierno enfrenta una caída preocupante en el recaudo tributario. De acuerdo con cifras de la Dian, recogidas por El Tiempo , en enero de 2025 el recaudo fue 1,9 billones de pesos inferior al proyectado.

A pesar de haber alcanzado 32,4 billones de pesos —un 6 % más que el mismo mes del año anterior— la cifra no cubrió las expectativas del Ejecutivo.

La brecha entre lo recaudado y lo estimado podría situarse entre 20 y 34 billones de pesos, según cálculos del Banco de Bogotá y el Comité Autónomo de la Regla Fiscal (Carf).

El presidente de la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (Anif), José Ignacio López, advirtió a través de su cuenta en X (antes Twitter) que “aumentar las retenciones en la fuente puede ayudar a solventar el problema de la caja del Gobierno, pero redundará en una caída de ingresos fiscales en un futuro, dado que las retenciones son anticipos de impuestos y no un recaudo adicional”.

¿Legal o inconstitucional?

Aunque a simple vista los cambios podrían requerir trámite legislativo, expertos consultados por Semana, como Miguel Fandiño de PricewaterhouseCoopers, aseguran que el Ejecutivo sí tiene la facultad para hacer estas modificaciones mediante decreto, basándose en el artículo 365 del Estatuto Tributario.

Uno de los mayores riesgos, según alertan analistas citados por Blu Radio, es que la anticipación masiva del recaudo afecta la liquidez de las empresas, limitando su capacidad de operación e inversión.

Esto podría frenar la reactivación económica que el país necesita con urgencia en medio de un entorno global incierto.

Además, la medida tendría un efecto diferido: en 2026, cuando haya un nuevo Gobierno, el impacto de haber anticipado tantos ingresos podría traducirse en un vacío fiscal difícil de cubrir.

«El problema de fondo es estructural. En vez de corregir la base del sistema tributario, se sigue acudiendo a soluciones de corto plazo que comprometen la estabilidad futura«, concluye un análisis publicado por El Tiempo.

Lea también:

Banner 3

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí