El polémico decreto que derogó Petro sobre porte y distribución de drogas: lo quitó del Código de Policía.
El polémico decreto que derogó Petro sobre porte y distribución de drogas: lo quitó del Código de Policía.

El Gobierno Petro derogó el decreto 1844 de 2018, con el cual se le habían dado facultades a la Policía para combatir el microtráfico de drogas en espacios públicos.

Noticias Colombia.

El decreto que restringía poseer, tener, entregar, distribuir y comercializar drogas o sustancias prohibidas; fue derogado por el Gobierno Petro. Esta decisión dejó imposibilitada a la Policía para tomar medidas en contra de a quienes incurran en esta práctica.

La derogación del decreto 1844 de 2018, se dio a través de la firma del decreto 2114 de 2023, firmado por los ministros de Defensa Nacional, Iván Velásquez Gómez; de Justicia, Néstor Iván Osuna; y del Interior, Luis Fernando Velasco.

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Cabe destacar que empezó a regir desde el pasado jueves, 7 de diciembre.

«Por el cual se deroga el capítulo 9 del título 8 de la parte 2 del Decreto 1070 del 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, adicionado por el Decreto 1844 de 2018», dice inicialmente el decreto.

También agrega: «decreto que consagró medidas de naturaleza administrativa para propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados transciendan a lo público, y, por tanto, fijó un procedimiento para imponer medidas correctivas, por infracciones derivadas del porte y tenencia de las cantidades de sustancias psicoactivas (estupefacientes o psicotrópicas que las normas vigentes determinan como dosis personal)».

Sobre el decreto derogado

El Gobierno Petro, precisa: «que la decisión de derogar el procedimiento que las autoridades de Policía deben adoptar ante la ocurrencia de una infracción a la prohibición de tenencia o porte de sustancias psicoactivas ilícitas, incluido en el Decreto 1844 de 2018, que adicionó el Capítulo 9 del Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1070 de 2015, se fundamenta en la armonización de la prevalencia de las obligaciones del Estado, en el cumplimiento de las convenciones internacionales en materia de drogas y de los derechos fundamentales y de los derechos humanos, consagrados en el bloque de constitucionalidad y desarrollados jurisprudencialmente».

El Gobierno del Presidente de la República, Gustavo Petro, sostiene: «en ese panorama, es necesario no solo asegurar evitar la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de medidas correctivas, sino que también es necesario orientar el esfuerzo y la capacidad institucional para contrarrestar y atacar la oferta de sustancias psicoactivas (estupefacientes o psicotrópicas) así como las estructuras del crimen organizado dedicadas al microtráfico y narcotráfico, como un fenómeno transnacional».

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