El Consejo de Estado frenó los comparendos automáticos que llegaban sin que el carro hubiera rodado un metro.

Noticias Colombia.

Hasta ahora, muchos conductores en Colombia se encontraban con la sorpresa de recibir un comparendo en casa sin que su carro hubiera salido del garaje. El motivo: no contar con el SOAT o la tecnomecánica al día según los registros del RUNT. Esa práctica, que generó miles de quejas, llegó a su fin gracias a un fallo del Consejo de Estado.

La decisión del alto tribunal anuló apartes de varias circulares del Ministerio de Transporte que permitían sancionar automáticamente a propietarios de vehículos basándose solo en cruces de datos. Con ello, las secretarías de tránsito ya no podrán imponer comparendos por la mera ausencia de documentos en el sistema.

El argumento es claro: según la Ley 769 de 2002 y la Ley 1383 de 2010, solo hay infracción cuando el vehículo está en circulación. Si permanece guardado, no hay motivo legal para sancionar. Por eso, las llamadas “multas fantasmas” quedaron sin piso.

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Eso sí, el fallo no elimina la obligación de tener los papeles en regla. Conducir sin SOAT en 2025 equivale a una multa de $1.207.762, más la inmovilización del carro y los costos de grúa y parqueadero. Circular sin la revisión técnico-mecánica cuesta $604.100. La diferencia es que, a partir de ahora, toda sanción debe estar respaldada con pruebas: cámaras, registros tecnológicos o la verificación directa en vía.

Los conductores que quieran confirmar si tienen el SOAT vigente pueden hacerlo fácilmente en la página del RUNT, ingresando la placa del vehículo y el documento del propietario.

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