Aunque no es festivo, sí impacta el día a día institucional.
Noticias Colombia.
El próximo 17 de abril se celebrará el día cívico en Colombia establecido por el presidente Gustavo Petro. En el Decreto 500 de 2024 se definió que esta jornada se realizará el tercer viernes de abril de cada año, con efectos en entidades públicas y en el calendario tributario del país.
«ARTÍCULO 1. Día Cívico. Declarar como «Día Cívico de la Paz con la Naturaleza» el tercer viernes del mes de abril de cada año, con motivo de la protección de los recursos naturales», señala el Decreto 500 de 2024. Esta iniciativa busca promover la reflexión ciudadana sobre el cuidado ambiental y el uso responsable de los recursos naturales.
La medida cobija principalmente a las entidades públicas del orden nacional, donde el día será considerado no hábil laboralmente. Esto implica la suspensión de actividades y de la atención al público, aunque cada entidad podrá definir la forma en que implementa la jornada.
«Las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tanto del nivel central como descentralizado, impartirán y adoptarán las instrucciones pertinentes que permitan a sus servidores públicos suspender las diferentes actividades laborales y de atención al público, de manera que el tercer viernes del mes de abril de cada año sea considerado como un día No Hábil, laboralmente», señala el decreto.
El alcance del día cívico no será uniforme en todo el país. El Gobierno exhortó a entidades territoriales, organismos autónomos y otras ramas del poder público a acogerse a la medida, pero la decisión es independiente en cada caso.
«Se exhorta a las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, a los entes autónomos y a las Ramas del poder legislativo y judicial, y a la ciudanía en general a acoger lo dispuesto en el presente decreto, siendo autónomas en decidir si otorgan como día no hábil el tercer viernes del mes de abril de todos años, empezando el 19 de abril del 2024, para conmemorar el día cívico de la Paz con la Naturaleza», señala el decreto.
Empresas y servicios que seguirán operando
En el sector privado no existe obligación de suspender actividades, por lo que la mayoría de empresas continuará operando con normalidad. En algunos casos, los empleadores podrán tomar decisiones internas sobre la jornada.
El decreto también fija excepciones claras. Servicios esenciales como salud, fuerza pública, atención de emergencias, movilidad y seguridad deberán mantenerse en funcionamiento, por lo que sus trabajadores cumplirán labores con normalidad.
Más allá del componente simbólico, uno de los impactos más relevantes será el ajuste en el calendario tributario administrado por la DIAN. Esto podría modificar fechas de vencimientos y trámites para los contribuyentes.
«Lo anterior, para generar un espacio de reflexión a nivel Nacional, sobre el adecuado uso y cuidado de los recursos naturales como esenciales para la preservación de la vida», dice el Decreto.





























