La Presidencia de la República estableció restricciones para las entidades del Gobierno nacional en la organización de sus celebraciones de fin de año. Una directiva determinó que los recursos públicos no podrán destinarse a financiar fiestas, agasajos ni actividades de carácter exclusivamente recreativo.

La medida quedó consignada en la Circular Externa 010, emitida el 3 de noviembre y que comenzó a circular desde el 29 de octubre. El documento reúne seis lineamientos orientados a la austeridad y racionalización del gasto público.

La disposición no prohíbe los encuentros de Navidad o cierre de año dentro de las entidades. Lo que establece es que su financiación no podrá salir del presupuesto estatal. Vea: Así cambia el camino judicial para las organizaciones criminales en Colombia

¿En qué no podrán gastar dinero las entidades?

Entre las restricciones está el uso de recursos públicos para pagar banquetes, recepciones, agasajos y otras actividades organizadas exclusivamente con fines festivos. La circular también establece que las entidades deberán abstenerse de celebrar contratos, convenios u órdenes de compra para financiar este tipo de encuentros.

La limitación incluye la contratación de servicios de alimentación y bebidas, decoración, espectáculos, alquiler de espacios y logística, cuando no exista una necesidad institucional debidamente justificada ni un fundamento jurídico que respalde el gasto. Otra de las prohibiciones contempla la compra de regalos con dineros públicos para las celebraciones de diciembre.

Las celebraciones podrán realizarse con aportes voluntarios

Aunque la directiva restringe el uso del presupuesto estatal, los funcionarios podrán organizar encuentros y actividades de fin de año por iniciativa propia, siempre que los gastos se asuman de manera personal y voluntaria. La circular advierte además que los superiores no podrán exigir aportes económicos a sus equipos de trabajo ni solicitar dinero para comprar regalos destinados a determinadas personas.

El propósito de los lineamientos es que las apropiaciones presupuestales de las entidades se concentren en el cumplimiento de sus funciones y en la atención del interés general, evitando gastos que no respondan a necesidades institucionales.

La circular fue firmada por Carlos Andrés Ríos Puerta, director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), y está dirigida a ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, gerentes, presidentes y representantes legales de entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional.