La Ley de Sometimiento quedó a un paso de convertirse en norma luego de recibir el aval definitivo de la Cámara de Representantes durante la noche del martes 3 de noviembre. La votación terminó con 95 votos a favor y 10 en contra, tras una jornada de discusión que se extendió por más de 12 horas.
La Cámara aprobó el mismo articulado que ya había recibido el respaldo del Senado, por lo que no será necesario convocar una comisión de conciliación. El proyecto deberá pasar ahora a sanción presidencial para completar su trámite.
La iniciativa, presentada por el Gobierno nacional, busca establecer un mecanismo jurídico para que integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales puedan acogerse a la justicia ordinaria, siempre que cumplan compromisos relacionados con la entrega de bienes, información y el abandono de actividades delictivas.
Durante la discusión, el ministro de Justicia, Iván Cancino, defendió el trámite legislativo y aseguró que se brindaron garantías a los sectores de oposición, cuyas propuestas fueron incorporadas en parte al texto definitivo. El funcionario precisó que el mecanismo no contempla la suspensión de órdenes de captura ni de solicitudes de extradición, y que la entrega de bienes es una de las condiciones para acceder a los beneficios.
El representante Daniel Briceño, ponente de la iniciativa, sostuvo que el nuevo marco jurídico plantea un modelo distinto al de la política de Paz Total del anterior Gobierno, ya que no contempla la figura de gestores de paz ni la instalación de mesas de negociación con las organizaciones que busquen someterse a la justicia.
Los cambios en el tratamiento penal
Uno de los ajustes más relevantes durante el trámite fue el acceso a los beneficios judiciales para quienes estén vinculados con delitos de lavado de activos y testaferrato: el tiempo mínimo de pena cumplida pasó de uno a seis años.
Las personas condenadas por reclutamiento ilícito de menores o responsables de vincular a niños, niñas y adolescentes a estructuras criminales quedarán excluidas del tratamiento penal diferenciado.
En cuanto a las reducciones de condena, la norma contempla beneficios de hasta el 50 % para integrantes de base de las organizaciones criminales. Para quienes hayan ejercido funciones de mando o sean cabecillas, la rebaja podrá alcanzar el 30 %, con una pena mínima de diez años de prisión.
Durante el trámite también se eliminó el artículo 25, que contemplaba el uso de gastos reservados del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon), uno de los puntos que generó mayor discusión entre los congresistas.