Mientras algunos consideran válida la actuación de una representante investigadora, otros sostienen que solo el Senado puede tomar una decisión de ese alcance.
Noticias Colombia.
La política colombiana amaneció este miércoles 10 de junio con una noticia que sacudió el panorama nacional. Un documento expedido por una representante de la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes planteó la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro por una presunta participación en política, generando una ola de reacciones dentro y fuera del Gobierno.
La información fue revelada inicialmente por Blu Radio y señala que la presidenta de la Comisión de Acusación, Gloria Elena Arizabaleta, emitió un auto en el que ordena la "suspensión provisional" del mandatario mientras avanza una investigación relacionada con presuntas actuaciones políticas incompatibles con su cargo.
Según el documento, Petro debería apartarse temporalmente de sus funciones hasta el próximo 21 de junio a las 4:00 de la tarde, fecha en la que se desarrollará una jornada electoral. La medida se fundamenta en disposiciones contempladas en la Ley 1952 de 2019 sobre medidas cautelares dentro de procesos disciplinarios.
La decisión llamó especialmente la atención porque, de llegar a concretarse, sería la primera vez que un presidente de Colombia es suspendido de su cargo mientras se encuentra en ejercicio de sus funciones.
La discusión jurídica se trasladó al centro del debate
Pese al impacto político de la noticia, varios sectores advirtieron que la medida podría carecer de validez constitucional. La principal razón es que la Constitución establece que únicamente el Senado tiene la facultad de suspender o separar del cargo al presidente de la República, previo cumplimiento de un procedimiento específico.
La Comisión de Acusación actúa como juez natural de los altos funcionarios aforados, entre ellos el presidente, magistrados de las altas cortes y el fiscal general. Sin embargo, expertos recuerdan que una eventual suspensión presidencial requiere etapas adicionales y la participación de otras instancias del Congreso.
Por esa razón, la decisión fue calificada por algunos sectores como un "disparate jurídico" e incluso se mencionó la posibilidad de que la actuación pueda derivar en cuestionamientos disciplinarios. Los artículos 175 y 194 de la Constitución son citados por quienes sostienen que la facultad para suspender al jefe de Estado recae exclusivamente en el Senado.
Otro elemento que llamó la atención es que Gloria Elena Arizabaleta hace parte de la coalición de Gobierno. La congresista pertenece al partido Fuerza de la Paz, colectividad vinculada al exsenador Roy Barreras, una de las figuras cercanas al proyecto político del Pacto Histórico.
Gobierno rechazó la medida y la calificó de ilegal
Desde el Ejecutivo, una de las primeras respuestas llegó por parte del ministro del Interior, Armando Benedetti, quien aseguró que la decisión carece de sustento legal.
"En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente", afirmó el funcionario.
Benedetti también sostuvo que la voluntad de una sola representante no tendría la capacidad de apartar del cargo al mandatario y reiteró que cualquier decisión de ese alcance debe surtir un procedimiento constitucional mucho más amplio.
Hasta el momento, Gustavo Petro no se ha pronunciado públicamente sobre la controversia. El presidente arribó durante la madrugada a Nueva York, donde tiene programadas reuniones oficiales y una intervención ante el Consejo de Seguridad de la ONU.
Desde la Comisión aseguran que Petro no ha sido suspendido
Mientras avanzaba la polémica, desde la propia Comisión de Acusación surgieron voces que contradijeron la versión de una suspensión presidencial.
El representante Alejandro Ocampo aseguró que "el presidente de Colombia, Gustavo Petro, no ha sido suspendido" y afirmó que la Comisión no ha tomado ninguna decisión formal contra el mandatario.
Según explicó el congresista, la corporación ni siquiera había iniciado la sesión correspondiente cuando comenzó a circular la información en medios de comunicación. Además, indicó que el documento conocido públicamente no había sido radicado ni discutido dentro de la Comisión.
"No es cierto, es una información falsa. Es un auto que ni siquiera se ha radicado en la Comisión de Acusaciones, es decir, que ni siquiera se ha discutido. Es un auto que hizo la investigadora y estaba en su oficina, y nadie sabe cómo llegó a los medios", manifestó Ocampo.
Las declaraciones aumentaron la incertidumbre sobre el alcance real del documento y reforzaron la postura de quienes consideran que no existe una decisión en firme contra el jefe de Estado. Entre tanto, la Comisión de Acusación continúa reunida evaluando los pasos a seguir frente a un episodio que ya se convirtió en uno de los temas políticos más comentados de la jornada.
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