Dieron detalles de esta nueva ordenanza.

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La Corte Constitucional aprobó la Ley Estatutaria 190 de 2022 (Cámara) y 303 de 2023 (Senado), conocida como la ley contra el fraude digital, un avance clave para proteger a los colombianos que han sido víctimas de suplantación de identidad. La decisión fue ratificada en la sentencia C-413/25, publicada en octubre, y establece que las entidades financieras y crediticias deberán suspender los cobros de créditos, préstamos o servicios adquiridos fraudulentamente a nombre de terceros.

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Con el nuevo fallo, si una persona denuncia haber sido suplantada, el banco o entidad involucrada deberá detener los cobros de inmediato y entregar copia de los documentos usados para aprobar el crédito o contrato, sin poder negar la información. Esta medida aplicará una vez el afectado radique su denuncia formal ante la entidad correspondiente, junto con pruebas sumarias que respalden su reclamación.

A partir de la notificación, las instituciones financieras tendrán diez días hábiles para tramitar la solicitud, tiempo durante el cual no podrán seguir exigiendo pagos ni iniciar cobros jurídicos. Además, estarán obligadas a solicitar la eliminación de reportes negativos en centrales de riesgo como DataCrédito o TransUnion, cuando se demuestre que el endeudamiento fue producto de una suplantación.

Durante el proceso de investigación, los cobros permanecerán suspendidos hasta que un juez determine si la denuncia es verídica. Si la justicia confirma la suplantación, la víctima quedará totalmente exonerada del pago, y todos los registros o calificaciones negativas deberán ser eliminados de inmediato.

Con esta ley, la Corte busca fortalecer la protección de los datos personales y ofrecer una respuesta rápida frente al aumento de delitos cibernéticos en el país. El fallo representa un precedente histórico en defensa de los consumidores financieros, que por primera vez podrán detener los cobros abusivos de deudas que nunca contrajeron.

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