Una mujer encontró a su hija en una discoteca con otros jóvenes, y se la llevó a correazos para la casa. Hay debate sobre si es violencia o si este tipo de castigos, deben seguir siendo tolerados en los hogares.
Noticias Internacionales.
El caso de una mujer que sacó a su hija a correazos de una discoteca, ha generado debate en Perú, para muchos "actuó bien" y para otros, "la violencia no soluciona" la indisciplina o 'malos' comportamientos de los hijos. Lo que ha trascendido, es que una joven de 18 años de edad, se escapó de su casa en la provincia de Pacasmayo Trujillo en Perú, para ir a bailar con un grupo de amigos. Eso ocurrió en la primera semana de junio. Sin embargo, ha sido desde el fin de semana cuando el vídeo se ha viralizado.
Se ve a una mujer dandóle correazos a una joven, testigos aseguraron que era la madre que había encontrado a la hija en un establecimiento de rumba, al que no le había autorizado a ir. La gente en el lugar, grabó la 'bochornosa' escena.
La 'pela' en el sitio de diversión nocturna, ubicado en la calle Ayacucho, Distrito de Guadalupe, fue grabada por varias personas. Incluso, 'amigos' de la joven, que se reían mientras a ella, le daban correazos. Este hecho ha generado debate, "por más madres así" dicen unos, y apoyan que haya actuado de esa forma, "hay que corregir", alegan. Otros han critucado a la mujer, y la han acusado de "violencia intrafamiliar", además, le señalan que "no es con golpes que se corrige". El vídeo que se publicó inicialmente en TikTok. En Perú la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, sin embargo, los adolescentes están catalogados entre esas edad y los 10 años. https://twitter.com/guzman308/status/1533973949641641984?s=21&t=j4Mcefg4rzDF4GlI1y5_zQ Mientras, en Colombia se aprobó la 'Ley Antichancleta', que llevo un largo debate sobre la pertinencia de los castigos físicos.
Colombia busca frenar "el maltrato físico" a los menores
En febrero de este año, por unanimidad, la Corte tumbó dos disposiciones de la ‘Ley Antichancla’, que prohíbe el castigo físico y los tratos crueles como método de crianza o corrección de los niños del país. Una de las modificaciones tiene que ver con la definición que se hace en esa ley sobre el concepto de “castigo físico”. Frente a este hecho, la Corte determinó que no puede definirse al castigo físico como una “acción de crianza, orientación o educación”. La segunda disposición que tumbó la Corte era aquella que advertía que los padres podían perder la custodia de sus hijos, o la patria potestad; cuando los castigos físicos fueran “reiterativos ” o afectaran la salud mental o física de los menores. Según la decisión de la Corte, de ahora en adelante no será necesario demostrar que un maltrato fue reiterativo o habitual para que se configure la pérdida de la patria potestad. Tanto el demandante como el Gobierno argumentan que el castigo físico no se puede avalar; como una forma de educación o de orientación; advirtiendo que la misma ley es muy clara en prohibir este tipo de castigos como una medida correctiva para aplicar con los niños. La decisión fue adoptada por cuenta de una demanda que radicaron los abogados Manuel Díaz Sarasty y María Inés Figueroa. Para muchos, "los correazos" hicieron parte de su crianza, pero hoy día, parte de la ciudadanía apuesta por otras formas de educación y corrección.
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