Conozca lo que exige la ley y los reglamentos internos.
Noticias Colombia.
Más del 60% de los colombianos vive en unidades residenciales sujetas al régimen de propiedad horizontal, de acuerdo con cifras del Ministerio de Vivienda. Esta forma de organización no solo implica normas de convivencia, sino también directrices específicas para situaciones como los trasteos, las cuales deben ser acatadas por los residentes para prevenir sanciones o tensiones con la administración y vecinos.
Aunque no existe una ley única dedicada exclusivamente a regular las mudanzas, el marco legal colombiano contempla varias disposiciones que, combinadas con los reglamentos internos de cada conjunto, definen lo que está autorizado y lo que está restringido al momento de trasladarse.
Normas legales que aplican en los trasteos
La Ley 675 de 2001, que establece las bases de la propiedad horizontal en Colombia, es el principal referente para estos casos. Esta norma ordena que cada conjunto cuente con un reglamento interno aprobado por su asamblea de copropietarios, el cual puede contener instrucciones puntuales sobre las mudanzas: franjas horarias, uso de zonas comunes, avisos previos, entre otros.
Además, la Ley 820 de 2003 —que regula el arrendamiento de vivienda— y el Código de Comercio —en lo que respecta a la contratación de transporte— también entran en juego cuando los residentes contratan servicios logísticos externos.
Un aspecto clave es que, si bien no se exige una licencia oficial para realizar el trasteo, los conjuntos sí pueden condicionar el proceso a la presentación del “paz y salvo”, documento que certifica que el residente no tiene deudas pendientes con la copropiedad, según lo avalado por la Ley 962 de 2005.
Restricciones horarias y operativas habituales
Los reglamentos internos suelen fijar horarios específicos para las mudanzas, normalmente entre las 6:00 a.m. y las 6:00 p.m., de lunes a sábado.
En Bogotá, por ejemplo, el Decreto 495 de 2002 estableció este rango como estándar. Siga leyendo: Emprendedora montó tienda en su apartamento en conjunto residencial en Medellín
Generalmente, está prohibido realizar trasteos durante la noche o los domingos, con el objetivo de respetar la tranquilidad del resto de residentes.
También pueden existir límites sobre el uso de ascensores, escaleras y zonas de carga.
En muchos conjuntos, es obligatorio notificar con anticipación a la administración la fecha y hora del traslado, además de registrar los datos de los vehículos y personal que ingresarán para este fin.
Lo que no está permitido y las consecuencias
Entre las conductas más sancionadas durante las mudanzas se encuentran: iniciar el traslado fuera del horario permitido, no reportar el trasteo a la administración, dañar zonas comunes sin responder por los perjuicios, y generar bloqueos o molestias significativas a otros residentes.
El incumplimiento puede derivar en advertencias, multas o sanciones conforme lo determine el reglamento del conjunto.
Sin embargo, es importante resaltar que la administración no está facultada para impedir el trasteo ni para retener los bienes del residente por deudas pendientes.
Así lo aclara la misma Ley 675 de 2001, que protege este derecho y permite denunciar abusos ante las autoridades competentes.
Claves para una mudanza sin tropiezos
Para garantizar un proceso de trasteo sin conflictos ni contratiempos, es aconsejable revisar detalladamente el reglamento de propiedad horizontal y el manual de convivencia, notificar a la administración con la debida antelación y entregar los datos solicitados sobre personas y vehículos, obtener el paz y salvo si es un requisito del conjunto, proteger ascensores, pasillos y demás espacios compartidos, y respetar los horarios actuando con consideración hacia los demás residentes.
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