La Corte Suprema de Justicia lo halló culpable por irregularidades en procesos de contratación educativa entre 2012 y 2015

Noticias Colombia.

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a 12 años, 2 meses y un día de prisión al exgobernador de Arauca, José Facundo Castillo Cisneros, por direccionar contratos de mobiliario escolar, herramientas agropecuarias y material pedagógico, durante su primer mandato (2012–2015). La decisión se basó en las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación.

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Además de la pena privativa de la libertad, el exmandatario deberá pagar una multa equivalente a 336 salarios mínimos legales mensuales vigentes y enfrentar una inhabilidad de 154 meses para ejercer cargos públicos.

Contratos direccionados con estudios falsos y requisitos restrictivos

Según la Fiscalía, durante el juicio se demostró que Castillo Cisneros avaló dos contratos en diciembre de 2012 y octubre de 2013, a pesar de que los estudios previos estaban incompletos y se sustentaban en documentación falsa, que simulaba precios de mercado para aparentar legalidad y favorecer a determinados oferentes.

“Se constató que los contratistas fueron escogidos a través del mecanismo de selección abreviada mediante subasta inversa presencial, en cuyo pliego de condiciones se definieron requisitos habilitantes desproporcionados que limitaron la libre concurrencia de otros aspirantes”, detalló el ente acusador en un comunicado.

Condena por contratación irregular, pero absuelto de peculado

El exgobernador fue hallado responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, pero absuelto del cargo de peculado por apropiación agravado. No obstante, esta decisión fue apelada por la Fiscalía Séptima Delegada ante la Corte Suprema, al considerar que existe soporte pericial suficiente para demostrar sobrecostos por 619 millones de pesos en el primer contrato y 1.453 millones en el segundo.

Según el ente acusador, estas irregularidades derivaron en la apropiación indebida de recursos públicos por parte de terceros, razón por la cual insisten en que debe reconsiderarse la absolución por peculado.