Hubo polémica, abogados y congresistas pidieron que no se sancionara por aspectos jurídicos, aún así, en julio de este año Duque firmó la Ley ‘Gilma Jiménez’, que es como se llama esta ley de cadena perpetua. Ahora, la Corte la tumbó.

Hubo polémica, abogados y congresistas pidieron que no se sancionara por aspectos jurídicos, aún así, en julio de este año Duque firmó la Ley ‘Gilma Jiménez’, que es como se llama esta ley de cadena perpetua. Ahora, la Corte la tumbó.

Noticias Colombia.

La Sala Plena de la Corte Constitucional acogió los argumentos de una demanda presentada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes contra la Ley Gilma Giménez (de cadena perpetua) aprobada en junio del 2020 y que el presidente Iván Duque había sancionado en julio del 2021, y la tumbó, tras esta decisión de nuevo hay un debate: ¿No se protege a los niños en el país? o ¿Se tumbo un acto de populismo punitivo?

Entre otras cosas, esto indicaba la ley:

  • Ley reglamenta la prisión perpetua revisable y reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código Penitenciario y Carcelario.
  • Es excepcional, ya que solo es aplicable a conductas delictivas en las que un niño, niña o adolescente sea víctima de homicidio en modalidad dolosa y/o acceso carnal, que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir.
  • Toda pena de prisión perpetua tendrá control automático ante el superior jerárquico, conocido como “doble conformidad”.
  • Se podrá efectuar la revisión de la pena de prisión perpetua en un plazo mínimo de 25 años, para imponer una pena temporal, por evaluación de resocialización, que no podrá ser inferior al máximo de prisión establecido de 50 años, y en caso de concurso de 60 años. (No contempla “una medida para concederle la libertad al sindicado”). 

La demanda contra esa decisión de cadena perpetua en un país donde la Constitución no la contempla, apelaba a que «desconocía la dignidad humana de los condenados».

Expusieron que con los condenados, lo que se debe buscar, es la resocialización.

Le interesa:

La Corte aceptó esos argumentos e indicaron «se sustituyó la Constitución y se violó el principio de no regresividad en derechos humanos».

Ahora, las críticas y debate giran en torno a la real posibilidad de resocialización de quien mata y viola a un niño (niña o adolescente), y de la mismos situación penitenciaria en el país, donde la resocialización está por debajo del 45%.

¿Cómo queda la ley?

En Colombia la máxima pena alcanza los  casi 60 años de cárcel, también existe la Ley Rosa Elvira Celis, que condena el feminicidio y que sirve de base para algunos casos de violación y abuso de menores.

Dicha ley, se supone, no permite beneficios.

cadena perpetua Colombia
A pesar de la polémica y el pedido de abogados y congresistas para que no fuera sancionada, por aspectos jurídicos, Duque la sancionó en julio. Ley ‘Gilma Jiménez’, se llamaba. Foto: @tubarconews

El arquitecto Rafael Uribe Noguera fue condenado a 58 años de cárcel por el abuso sexual y asesinato de la niña Yuliana Samboní, hechos ocurridos en 2016. Está preso en la Tramacúa en Valledupar, y ha cumplido casi dos años.

En esa misma cárcel esta Luis Alfredo Garativo. Quien maó y abuso a más de 170 menores en el país.

Tiene cargos de secuestro, violación, tortura, homicidio y robo de identidad: 1853 años y y 9 días de condenado, fueron conmutados a 52 años, beneficiado por colaboración (Y luego una rebaja por ‘buen comportamiento’), dijo dónde estaban los restos y relatos cómo cometió varios crímenes.

Fue condenado en 1999, pero se contaban los meses que ya tenía preso. 

Máxima condena

La máxima condena establecida en Colombia es de 60 años de prisión. La Constitución no permite la cadena perpetua ni la pena de muerte (o pena capital).

  • Artículo 34. Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación. No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro público o con grave deterioro de la moral social.

Si el actual gobierno insiste en la cadena perpetua, o congresistas o quien llegue a la presidencial, tiene que pasar por un llamado a reformar la Constitución.

En el país había expectativa porque la Ley Gilma Jiménez podría haber sido la base de la condena  Luis  David Pérez Pertuz, alias Lucho Rabo y Deibis José Rapalino García, los dos señalados de asesinar a dos hermanos de 13 y 15 años de edad.

Los sujetos se metieron a la finca donde los menores estaban con su madre y otra familiar, presuntamente, iban a abusar de la mujer y cuando los hermanos se metieron a defenderla, los apuñalaron sin piedad.

Mientras se cumplía el sepelio de los hermanos Páez, de 13 y 15 años, un capturado confesó

Varios países en Latinoamérica que tienen penas a perpetuidad: Argentina, Chile, Honduras, México y Perú, también se aplican en Cuba, como alternativa a la pena de muerte. Nicaragua estudia aplicarla, y Colombia la tenía hasta este jueves.

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