La CVC plantea suspender o eliminar la prolongación de la carrera 109.
Noticias Cali.
La reciente suspensión de obras en el sector del Zanjón del Burro, en el sur de Cali, encendió las alertas sobre posibles irregularidades en intervenciones urbanísticas dentro de zonas ambientalmente protegidas. El caso, inicialmente revelado por un informe periodístico, expuso que los trabajos se adelantaban sin los permisos ambientales requeridos, lo que llevó a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) a ordenar la detención inmediata de las actividades.
Según lo conocido en ese primer momento, las obras estaban relacionadas con la prolongación de la carrera 109, una vía proyectada como parte del desarrollo urbanístico del sector. Sin embargo, la falta de autorizaciones encendió el debate sobre la legalidad de la intervención y los posibles impactos sobre un ecosistema estratégico de la ciudad.
El Zanjón del Burro es reconocido como un corredor ambiental clave, con presencia de cobertura vegetal, recursos hídricos y funciones ecológicas fundamentales. Por ello, cualquier intervención en la zona exige estrictos controles técnicos y jurídicos, así como el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.
Documento de la CVC advierte posible inviabilidad del proyecto vial
Un nuevo documento oficial de la CVC, con fecha del 1 de julio de 2026, amplía el panorama y lleva la discusión a un nivel más profundo. Ya no se trata únicamente de la ausencia de permisos, sino de la posible inviabilidad jurídica, ambiental y técnica de la obra.
De acuerdo con el oficio, la prolongación de la carrera 109 sí está contemplada como una obligación urbanística derivada de licencias previamente otorgadas. No obstante, la autoridad ambiental advierte que esta obligación entra en conflicto con normativas posteriores que hoy protegen el área.
En particular, el documento señala que el tramo proyectado se ubica dentro de la zona forestal protectora de la quebrada Zanjón del Burro, la cual hace parte de la Reserva Ecológica Distrital Cuenca Media del río Lili, declarada mediante el Acuerdo 527 de 2021. Esta categorización establece restricciones claras sobre el uso del suelo y prioriza la preservación ambiental sobre cualquier tipo de intervención urbanística.
En ese sentido, la CVC es enfática al indicar que exigir la construcción de la vía en este punto podría ser contrario a los principios de prevención, precaución y prevalencia del interés general ambiental, pilares fundamentales en la gestión del territorio.
El análisis técnico también pone en duda la utilidad del proyecto, al señalar que la vía no constituye una solución estructural de movilidad si no se completa su conexión hasta la calle 13. Esto implicaría nuevas intervenciones y una posible afectación adicional de la cobertura vegetal, incrementando el impacto sobre el ecosistema.