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Miles de usuarios registran alzas alarmantes en sus facturas.
Noticias Colombia.

La falta de firma de algunos ministros dejó sin validez el documento que el Gobierno Nacional emitió en abril.

El Decreto 580 «por el cual se dictan medidas en materia de los servicios públicos de
acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» habría quedado sin validez dado que le faltaron firmas de ministros, fue el fallo de la Corte Constitucional.

Lo que ha trascendido es que dos ministros, no firmaron.

Este, es el documento que no firmaron todos: DECRETO 580 DEL 15 DE ABRIL DE 2020-Servicios públicos

Se trata del de Salud, Fernando Ruiz, y la ministra de Ciencia y Tecnología, Mabel Torres. «No hay justificación para que no hayan firmado», explicaron desde el despacho del magistrado Luis Guillermo Guerrero.

servicios públicos
Alcaldías como la Pereira una de las primeras en anunciar alivios y pago de servicios para estratos 1 y 2.

Ha trascendido que cuando firmaron los demás, los ministros estaba en labores de campo y no se hizo el trámite para que a su regreso a Bogotá, firmaran.

El 25 de marzo se decretó el aislamiento preventivo obligatorio en el país, días después el Gobierno determinó medidas de «ayuda» para millones de familias sin recursos.

Esos alivios eran con entrega de mercados, subsidios, descuentos y acuerdos para pagar los arriendos y servicios públicos.

La decisión de la Corte

La Corte Constitucional tumbó la Ley 580 y con ella, varios decretos en el marco de la pandemia por coronavirus en Colombia.

Así que se cayó la facultad que se le había dado a los municipios y distritos para descuentos en pagos de servicios de los estratos 1, 2 y 3, la medida incluso se había extendido.

Hasta el 31 de diciembre  municipios y distritos podrán asignar en favor de los suscriptores residenciales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo: 80% para  estrato 1, 50% para el estrato 2 y 40 por ciento máximo, para el estrato 3.

Eso, también se cae.

Incluso, deja sin validez que «las prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo difieran el cargo fijo hasta en 36 meses y del consumo no subsidiado para entidades sin ánimo de lucro como zoológicos, tenedores de fauna, aviario, acuarios y jardines botánicos o entidades afines».

Por ahora, el gobierno nacional no se ha pronunciado.

Tampoco hay claridad sobre qué pasará entonces lo que ya se había otorgado, la facturación con los pagos diferidos.

La Presidencia está evaluando la decisión y revisando que acciones puede emprender, serían millones de familias afectadas si la Corte no revierte el fallo, o no hay una solución alterna.

Los anuncios de alivios:

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