Después del terremoto del 10 de agosto, algunas familias y comunidades afectadas en Cali tienen nuevas disposiciones para enfrentar las consecuencias de la emergencia. Las medidas, de carácter temporal, incluyen cambios relacionados con contratos de arrendamiento y con los gastos que deben asumir las propiedades horizontales que resultaron afectadas.

El Gobierno Nacional estableció estas reglas mediante el Decreto Legislativo 1423 del 17 de septiembre de 2026. La norma contempla diferentes alternativas para propietarios, arrendatarios y copropiedades, aunque su aplicación depende de las condiciones previstas en cada caso.

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Desde la Alcaldía de Cali explicaron que estas disposiciones tienen una vigencia transitoria y se suman a las funciones que ya tiene la Administración Distrital frente al control de los arrendamientos.

Copropiedades podrán usar recursos para recuperarse de los daños

Uno de los puntos establecidos en el decreto está relacionado con las propiedades horizontales que sufrieron afectaciones a causa del sismo.

Estas copropiedades podrán disponer, durante un plazo de hasta dos años, de recursos del Fondo de Imprevistos para cubrir trabajos necesarios en las edificaciones. Entre ellos están las labores de reparación, rehabilitación, reforzamiento y reconstrucción.

Además, las asambleas de propietarios tendrán la posibilidad de definir planes especiales de pago para afrontar las obligaciones económicas que se generen por las obras de recuperación.

En materia de vivienda en arriendo, el decreto contempla varias situaciones que pueden beneficiar a quienes cumplan con los requisitos establecidos. Una de ellas es el aplazamiento de los reajustes de los cánones durante el periodo definido por la norma.

También se estableció la posibilidad de extender por hasta seis meses determinados contratos que tengan previsto su vencimiento entre el 10 de agosto y el 31 de diciembre de 2026. Esta medida, al igual que las demás, está sujeta a las condiciones y excepciones contempladas en el decreto.

Otra de las disposiciones busca evitar aumentos especulativos en los precios de los nuevos contratos de arrendamiento. A su vez, propietarios y arrendatarios podrán acordar cómo manejar los cánones que se hayan causado durante el periodo de emergencia.

El decreto también contempla la suspensión temporal de algunas diligencias relacionadas con la entrega, lanzamiento o restitución de inmuebles cuando se cumplan las condiciones establecidas.

Alcaldía mantiene sus funciones de control

Lina Marcela Valencia Zapata, de la Oficina de Control a Contratos de Arrendamiento de la Secretaría de Seguridad y Justicia Distrital, explicó que las nuevas reglas no significan que la Alcaldía pierda sus competencias sobre este tema.

“Este decreto establece unas reglas transitorias con una vigencia de seis meses, que se integran a las competencias que ya tenemos en materia de arrendamientos y vivienda urbana”, enfatizó la funcionaria.

De acuerdo con la Alcaldía de Cali, continuará la inspección, vigilancia y control sobre las personas naturales y jurídicas matriculadas como arrendadores y sobre los intermediarios que desarrollan esta actividad.

La Administración Distrital también señaló que mantendrá la coordinación con entidades nacionales para orientar a las familias, arrendatarios, propietarios y comunidades que resultaron afectadas por el terremoto.

Quienes consideren que su situación puede estar cobijada por las medidas pueden buscar orientación con el equipo de Control a Arrendamientos de la Secretaría de Seguridad y Justicia. Para ello están disponibles los correos despacho.ssj@cali.gov.co y proteccion@cali.gov.co, además de la opción de presentar una petición a través de www.cali.gov.co.

La recomendación de la Alcaldía es conservar los documentos que permitan acreditar la afectación ocasionada por el sismo y revisar las condiciones del Decreto Legislativo 1423 de 2026 antes de tomar decisiones sobre un contrato de arrendamiento o sobre las obligaciones económicas de una copropiedad.

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