Una iniciativa conocida como Ley de Rescate Económico, radicada como Proyecto de Ley 477 de 2026 en la Cámara de Representantes, plantea cambios en el impuesto de renta y en el IVA que podrían afectar a trabajadores y hogares en Colombia. El proyecto debe surtir todavía su trámite en el Congreso antes de convertirse en ley.

Actualmente el impuesto de renta para personas naturales aplica a partir de 1.090 UVT de renta líquida gravable anual, unos $57,1 millones con la UVT de 2026. La propuesta busca bajar ese límite a 720 UVT, cerca de $37,7 millones anuales, y fijar una tarifa marginal del 9 % para el rango entre 720 y 1.090 UVT.

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Según el ejemplo citado en la propuesta, una persona con renta líquida gravable anual de $50 millones no paga hoy impuesto por estar debajo del umbral vigente. Con el cambio, pagaría el 9 % sobre los $12,3 millones que superen el nuevo límite, es decir, cerca de $1,1 millones al año antes de otros ajustes.

El proyecto también contempla reducir el límite de la renta exenta laboral del 25 %, que pasaría de 790 a 630 UVT anuales, y eliminar la deducción adicional de 72 UVT por dependiente económico, aunque mantendría el beneficio del 10 % del artículo 387 del Estatuto Tributario.

¿Quién está obligado a declarar renta?

El proyecto no modifica los requisitos generales para estar obligado a declarar renta.

Para el año gravable 2025, esos criterios incluyen patrimonio bruto superior a 4.500 UVT (cerca de $224,1 millones con la UVT de 2025), ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (cerca de $69,7 millones), o consumos con tarjeta de crédito, compras o consignaciones que superen los topes establecidos.

Para el año gravable 2026, esos mismos topes equivaldrían aproximadamente a $73,1 millones y $235,7 millones. (Lo que Abelardo y Restrepo decían en campaña y lo que plantea la Ley de Rescate Económico)

Cambios en el IVA de productos de la canasta familiar

La iniciativa plantea eliminar la tarifa diferencial del 5 % y modificar las listas de productos excluidos y exentos de IVA.

Entre los bienes que pasarían a la tarifa general del 19 % están café, azúcar, chocolate de mesa, pastas, harina de trigo y de maíz, avena, banano, mango, aguacate, cítricos, tomate, cebolla, ajo, zanahoria, lechuga, fríjol, lenteja y garbanzo.

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También incluye cambios para algunos equipos tecnológicos, paneles solares, fertilizantes y compras internacionales por plataformas digitales. El proyecto conserva tratamientos especiales para carnes, pollo, pescado, huevos, leche, arroz, papa, yuca y pan, entre otros productos.

De acuerdo con el articulado, la modificación del IVA está planteada para comenzar a regir desde el 1 de enero de 2028. El proyecto aún debe surtir su trámite legislativo completo antes de convertirse en ley. (¿Tiene créditos o usa tarjeta? El Banco de la República tomó una decisión sobre los intereses)