La audiencia en la que el Tribunal Superior de Cali lee el fallo de segunda instancia por el asesinato de Luz Mery Tristán continúa este lunes 28 de septiembre. Mientras avanza la diligencia, EL TIEMPO reveló detalles de la decisión que mantiene la responsabilidad de Andrés Gustavo Ricci por la muerte de la excampeona mundial de patinaje.

Según la información publicada por la Unidad Investigativa de ese diario, los magistrados hicieron ajustes a la condena impuesta inicialmente y retiraron el delito de porte ilegal de armas. Sin embargo, cuatro elementos analizados durante el proceso fueron determinantes para mantener la responsabilidad de Ricci por el crimen ocurrido el 5 de agosto de 2023.

Uno de ellos está relacionado con el arma utilizada aquella noche. De acuerdo con el fallo conocido por EL TIEMPO, un perito balístico estableció que una de las armas que Ricci tenía cuando fue capturado era compatible con uno de los orificios encontrados en la puerta de una habitación y con la trayectoria del proyectil que impactó a Tristán.

El control que habría ejercido sobre la patinadora

El Tribunal también valoró testimonios de personas cercanas a la pareja que hablaron de comportamientos de celos y control. Según esas declaraciones, Tristán habría cambiado varias veces su número de celular para evitar llamadas que pudieran generar conflictos y debía mostrarle a Ricci conversaciones de WhatsApp, además de realizar videollamadas para informar dónde se encontraba.

Otro punto revisado por los magistrados fue la explicación entregada por Ricci sobre lo ocurrido. El procesado sostuvo que Tristán habría intentado quitarse la vida y que su actuación estuvo encaminada a evitarlo. Sin embargo, de acuerdo con el fallo citado por EL TIEMPO, esa versión fue descartada luego de contrastarla con la necropsia, en la que no se encontraron lesiones autoinfligidas ni elementos que respaldaran la hipótesis de un suicidio.

La evidencia forense también fue tenida en cuenta. Según el análisis de un perito citado en la decisión, la lesión localizada en el ojo de Tristán era compatible con un golpe de considerable fuerza, mientras que las lesiones en sus nudillos podían corresponder a maniobras defensivas. El experto señaló que estos hallazgos difícilmente podían explicarse por una caída desde la propia altura.

A esto se sumaron los resultados de toxicología practicados a Ricci. En las muestras de orina analizadas fueron encontradas cocaína y alcohol, según el informe del Laboratorio de Toxicología Forense mencionado en el fallo. El proceso también recoge información sobre un tratamiento que Ricci habría realizado en Cuba relacionado con el consumo de sustancias psicoactivas.

La condena tuvo ajustes en segunda instancia

Aunque la lectura de la decisión continúa, EL TIEMPO reveló que el Tribunal retiró el delito de porte ilegal de armas y modificó la pena establecida inicialmente. De acuerdo con esa información, la condena pasaría de 45 años y 9 meses a 41 años y 8 meses de prisión.

El ajuste no cambia el hecho de que el Tribunal mantiene la responsabilidad de Ricci por el feminicidio de Luz Mery Tristán, según el contenido del fallo divulgado por el diario. El procesado, de 61 años, permanece recluido en la cárcel de alta seguridad de Picaleña, en Tolima, mientras avanza el trámite judicial.