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"Esta es la única salida y entrada al pueblo que hay", le reclamó el conductor, el manifestante le dijo que tenían derecho a protestar. 
Noticias Valle.

«Esta es la única salida y entrada al pueblo que hay», le reclamó el conductor, el manifestante le dijo que tenían derecho a protestar.

Nuevamente en Candelaria, puntos que habían sido desbloqueados amanecieron este viernes con barricadas, la entrada al puente de Juanchito sentido hacía Cali y Poblado Campestre, y allí, hubo una discusión entre un conductor y un manifestante que se ha viralizado.

El conductor tuvo que parar, porque el manifestante lo amenazó con agarrarle el carro a piedra.

«Esta es la única salida y entrada al pueblo que hay», le reclamó el conductor.

El conductor le dijo que, «acá son 15 o 6 personas, allá adentro somo 20 mil personas», el mayor problema se ha registrado en el Poblado Campestre, en Villagorgona y en algunos momentos en Cavasa.

«Mientras tu no seas ley, no puedes impedir mi salida», le dijo el hombre. Quien señaló que requiere salir porque «yo tengo un trabajo que cumplir.».

A eso, el manifestante respondió: «Es que les pedimos el favor y ustedes siguieron».  

El manifestante le dijo al conductor que tienen derecho a manifestar.

El conductor le dijo al manifestante que trajera a derechos humanos para que hicieron valer los derechos de ambos, «ustedes tienen derecho a manifestarse, hágalo pero no pueden agredir a la gente».

Penalmente en Colombia la obstrucción de vías es un delito contra la seguridad pública.

Además, el Código Penal establece el delito de bloqueo de vías: Artículo 353 A ‘obstrucción a vías públicas que afecten el orden público’.

«Quien por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de 24 a 48 meses y multa de 13 a 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes», es el texto.

Se excluyen las movilizaciones realizadas con permisos de la autoridad competente, hasta ahora, no ha habido permisos para bloquear las vías.

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