La medida, basada en una norma de la Comunidad Andina, bloquea su comercialización por contener sustancias vinculadas a riesgos reproductivos, irritaciones severas y posibles efectos cancerígenos.
Noticias Colombia.
Las autoridades sanitarias colombianas ordenaron la cancelación de 136 Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) correspondientes a esmaltes semipermanentes que contenían sustancias químicas consideradas peligrosas para la salud humana. La medida implica que estos productos ya no pueden ser comercializados ni distribuidos en el país ni en la subregión andina.
La decisión fue adoptada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) mediante la Resolución 2026007526 del 17 de febrero de 2026, en cumplimiento de la Resolución 2548 de 2025 de la Comunidad Andina (CAN), que establece restricciones al uso de ciertos compuestos químicos en productos cosméticos por los riesgos que representan para la salud pública.
Según la autoridad sanitaria, algunos de los esmaltes semipermanentes contenían Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidina (DMPT), sustancias que han sido identificadas en estudios científicos por su potencial carcinogénico, toxicidad para la reproducción y capacidad de provocar sensibilización en la piel.
Prohibición inmediata en la región andina
La cancelación de estas notificaciones sanitarias implica que los productos afectados quedan automáticamente fuera del mercado. Desde el 16 de febrero de 2026 quedó prohibida su comercialización, incluso para el agotamiento de inventarios existentes.
Esto significa que fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos de belleza no pueden vender ni ofrecer estos esmaltes semipermanentes en Colombia ni en los demás países que integran la Comunidad Andina.
La medida busca reforzar la protección de la salud pública y garantizar que los productos cosméticos que circulan en el mercado cumplan con estándares estrictos de seguridad sanitaria.
El proceso de cancelación de las Notificaciones Sanitarias Obligatorias se ejecutó de manera automática una vez vencido el plazo de 60 días otorgado tras la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 15 de diciembre de 2025.
Ese plazo permitió que empresas y actores del sector ajustaran sus productos o retiraran del mercado aquellos que no cumplían con la nueva normativa. Al cumplirse el tiempo establecido, las notificaciones de los productos que contenían ingredientes prohibidos fueron canceladas inmediatamente.
Riesgos asociados a los ingredientes prohibidos
Las sustancias detectadas en algunos esmaltes semipermanentes han sido objeto de preocupación por parte de organismos regulatorios debido a sus posibles efectos adversos en la salud.
Entre los principales riesgos identificados se encuentran:
- Posible relación con efectos carcinogénicos.
- Toxicidad que puede afectar la reproducción.
- Reacciones de sensibilización o irritación en la piel.
Estos riesgos no solo afectan a los consumidores, sino también a manicuristas y profesionales de la belleza que están expuestos a estos químicos de forma frecuente durante su trabajo.
Llamado a la responsabilidad del sector
Tras la implementación de la medida, el Invima hizo un llamado a fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos comerciales para que verifiquen permanentemente el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente.
La entidad también invitó a consultar los canales oficiales de información para confirmar que los productos cosméticos que se comercializan en el país cuenten con las notificaciones sanitarias correspondientes.
Según la autoridad sanitaria, el cumplimiento de estas disposiciones es clave para proteger la salud pública y fortalecer la confianza de los consumidores en el mercado cosmético.
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