Jairo Cordero, en audiencia.

La familia de la joven pide ayuda para repatriar su cuerpo a Venezuela.

Noticias Barranquilla.

A Jairo Cordero, confeso asesino de su pareja sentimental, Edixmar Henríquez González, la Fiscalía le imputó el delito de homicidio agravado por los hechos que son de conocimiento público.

Edixmar
Jairo Cordero, imputado.

El hombre de 36 años empujó a su cónyuge contra una pared y luego transportó su cuerpo sin vida introducido en una maleta hasta un sector conocido como la «Y de los chinos». Allí le prendió fuego al cadáver.

Por estos hechos, el imputado pidió perdón a la familia de la joven y también a su hijo «por quitarle lo más sagrado que era la mamá».

Tras terminada la audiencia, Cordero fue trasladado a la Cárcel El Bosque de manera preventiva, mientras continúan las investigaciones y se adelantan las demás diligencias judiciales frente a este caso.

Vea: Jairo se entregó a las autoridades, el cuerpo de su pareja Edixmar fue hallado quemado en Puerto Colombia y dijo que él lo hizo

Mientras esto ocurre, algunos colectivos en pro de la defensa de la mujer, han rechazado categóricamente el delito que se le imputó a Cordero, toda vez, que lo hecho por la pareja sentimental de Edixmar, podría determinarse como un feminicidio agravado y no como un homicidio agravado, como lo ha definido el ente acusador para este caso.

Hechos como la violencia con la que la atacó, rosearle combustible en su cuerpo para posteriormente prenderle fuego, son detalles que para los colectivos son determinantes a la hora de definir este asesinato.

«El Movimiento Amplio Social de Mujeres, la Veeduría Ciudadana de mujer y Género, las
Redes de Mujeres, Plataformas de DDHH, Consejo Consultivo de Mujeres del Atlántico
Rechazamos de manera categórica y tajante la tipificación del delito de homicidio
agravado en el caso de la joven Venezolana Edixmar Henríquez González, en su defecto
la tipificación del delito debe ser Feminicidio Agravado.

Actuaciones como este señor Fiscal generan dudas, desconfianza e incertidumbre a la
población Atlanticense que necesita de respuestas ejemplarizantes al flagelo de violencias
contra las mujeres.

Señor Fiscal rechazamos su omisión a la ley 1761 de 2015,y al Artículo 104A.preceptuado
en el Código Penal Colombiano. Por lo anterior exigimos se haga la revisión inmediata, la cual debe tener enfoque de género y se aplique la tipificación del articulo104 A del Código Penal sea esta la oportunidad para hacer un llamado al Ministerio Público para que ejerza la
vigilancia requerida. Realizaremos acompañamiento y acciones públicas a este proceso», die el comunicado de los colectivos de mujeres.

Comunicado de rechazo.

Cabe anotar que la la Ley de feminicidio Rosa Elvira Cely (Ley 1761 de 2015) expone lo siguiente: «Quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género o en donde haya concurrido o antecedido cualquiera de las siguientes circunstancias, incurrirá en prisión de doscientos cincuenta (250) meses a quinientos (500) meses de prisión».

Es preciso indicar que de ser imputado Jairo Cordero por el delito de homicidio agravado, tendría una reducción de pena y algunos beneficios por buen comportamiento en prisión.

A su vez, una pena mucho menor a la impuesta si se determinase como «feminicidio agravado».

Repatriación del cuerpo

Familiares de Edixmar buscan darle cristiana sepultura a su ser querido en territorio venezolano, su lugar de origen.

Para ello, han iniciado una campaña en búsqueda de recursos públicos con el fin de recaudar fondos para pagar los gastos de repatriación.

En una publicación subida a redes sociales del hermano de Edixmar, se aprecian los detalles para quienes estén interesados en colaborarle a esta familia.

Foto de portada: Captura de pantalla

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