Ministerio de Justicia hace público el protocolo para que alcaldes delimiten el consumo de sustancias psicoactivas
Al protocolo se le suma la sugerencia de activar una ruta específica cuando se sospeche que hay personas, especialmente niños, en riesgo @fotoPinterest

El protocolo emitido por el Ministerio de Justicia destinado a entidades gubernamentales locales busca regular el consumo de sustancias psicoactivas en parques y zonas públicas

Noticias Colombia

El gobierno de Colombia lanzó un protocolo para que las autoridades territoriales, en particular los alcaldes, delimiten el porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos. El documento sirve como guía para los alcaldes en la aplicación del Código de Policía en estos casos.

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El gobierno presentó este miércoles 10 de enero un protocolo sugerido para que los gobernantes seccionales, es decir alcaldes, puedan establecer lugares, sitios públicos y tiempos para el consumo de estupefacientes.

Esta medida no solo surge de acuerdo con la decisión tomada por una orden de la sentencia C-127 de 2023 de la Corte Constitucional, donde se despenaliza el consumo de sustancias psicoactivas, sino para plantear pautas a los entes territoriales y las autoridades en pro de la protección y prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Los principios de ese protocolo se basan en la dignidad humana, protección integral de menores de edad, prevalencia de niños, niñas y adolescentes, salud pública y libre desarrollo de la personalidad.

¿Qué dice el protocolo?

La guía de 28 páginas establece las directrices para establecer horarios y lugares donde se delimitará el consumo de sustancias psicoactivas.

El protocolo recomienda definir cuáles zonas del espacio público se deben habilitar, instruir a las autoridades sobre la definición de lugares y verificar el momento del día en que se puede establecer el consumo.

Además, la idea de insumos para que las entidades territoriales regulen la aplicación de los numerales 13 y 14 del parágrafo 2 del artículo 140 del Código de Policía, con el fin de que la problemática de consumo vs permisión legal sea acatada y ejecutada según las leyes y los derechos ciudadanos.

El ministro Osuna explicó que “el porte de dosis personal no está penalizado, pero este protocolo es sobre el consumo; está permitido pero con posibilidades de restricción, por eso el protocolo”.

“El alcalde puede restringir por lugar, tiempo o combinados, bajo la idea de que aquellos lugares o tiempos en donde no quede restringido, estará permitido el consumo. Otro punto es que dicho consumo debe abordarse con enfoques de salud pública, derechos humanos y de respeto a la diferencia», puntualizó Osuna.

Ruta de sospecha de personas en riesgo

Al protocolo se le suma la sugerencia de activar una ruta específica cuando se sospeche que hay personas, especialmente niños, en riesgo por el comportamiento debido al consumo de sustancias psicoactivas. De acuerdo con la norma, las acciones ilegales relacionadas con el tema serán sancionadas con una multa general tipo 4, es decir, 16 salarios mínimos diarios legales vigentes y destrucción del bien.

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