Sala Plena de la Corte Constitucional. - FOTO: Tomada de @CConstitucional

El fallo de la Corte Constitucional reconoció derechos de las personas trans y no binarias en Colombia. Demandaban violación y discriminación a los derechos de igualdad.

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La Corte Constitucional emitió un fallo a favor de una demanda, para modificar el Artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, señalando que se estaban violando y discriminando los derechos a la igualdad.

Según el artículo, existe una limitación al emplear los términos como “mujer, trabajadora y madre” y no se contemplaba a otra parte de la población que también puede estar en embarazo.

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También, los demandantes indicaron que la normativa estaría infringiendo los artículos 13 y 43 de la Constitución Política y además los artículos 2 y 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señalando que esta población carece de la licencia de maternidad aun teniendo la posibilidad de concebir.

Varias entidades y organizaciones dieron a conocer sus opiniones, en su mayoría apostaron por una interpretación inclusiva de la ley.

Fallo de la Corte a favor de las personas trans y no binarias en Colombia

Por su parte, la Sala Plena de la Corte Constitucional concluyó que efectivamente sí existía una omisión legislativa que discriminaba a hombres trans y personas no binarias embarazadas y por tal motivo, se les impedía acceder a las prestaciones de seguridad social o en igualdad de condiciones.

La Corte Constitucional declaró “exequibles, por los cargos analizados, las expresiones «trabajadora», «madre» y «mujer» contenidas en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021”.

Por lo tanto, según el fallo, las licencias en épocas de parto, también son aplicables para personas trans y personas no binarias.

Por su parte, para el abogado de derecho al trabajo y seguridad social Oscar Coy, indicó que el fallo sienta un precedente en cuanto a diversidad, equidad e inclusión, reconociendo jurídicamente que las personas gestantes puedan recibir la protección especial de maternidad, dependiendo de su identidad de género.

Finalmente, la decisión de la Corte Constitucional marca un hecho histórico en la protección de los derechos de las personas trans y no binarias en el país, reconociendo las diversas formas de familia.

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